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Procedimientos / Rechazo de Pasajeros

Rechazo de pasajeros                                            
                                       
Air Europa, o por delegación, su agente de Handling o supervisor autorizados, podrá rechazar la aceptación de cualquier pasajero cuando:

  1. Dicha acción sea necesaria por razones de seguridad.

  2. Dicha acción sea  necesaria para cumplir con las regulaciones locales del país de destino, de salida, de transito o de sobrevuelo.

  3. El estado y/o conducta del pasajero causen incomodidad o estrés a otros pasajeros, o suponga un riesgo para el mismo, para otros o para bienes de la compañía.

  4. El pasajero incumpla con las instrucciones de la compañía o del aeropuerto.

  5. El pasajero se presente al mostrador de facturación fuera de  los tiempos límite establecidos por la compañía o acordados  con el tour operador correspondiente en caso de los vuelos chárter.

  6. El pasajero se encuentre bajo la influencia de alcohol o de drogas, etc.

  7. El pasajero requiera asistencia especial de Air Europa e incumpla los trámites requeridos por la compañía aérea o    no  aporte las certificaciones necesarias, o cuando Air Europa no pueda proveer la asistencia necesaria.

  8. Cuando el pasajero requiera de un certificado médico para poder viajar y no lo aporte o aporte uno que no cumpla con los requisitos descritos en este manual para el caso que corresponda, (problemas cardio-vasculares, post- operatorios, enfermedades contagiosas, etc.) aporte las certificaciones necesarias, o cuando Air Europa no pueda proveer la asistencia necesaria.

  9. Cuando el pasajero requiera de un certificado médico para poder viajar y no lo aporte o aporte uno que no cumpla con los requisitos descritos en este manual para el caso que corresponda, (problemas cardio-vasculares, post-operatorios,   enfermedades contagiosas, etc.)

  10. Cuando el pasajero se niegue, siendo necesario por sus circunstancias personales, a firmar el descargo de responsabilidad exigido por la compañía.

  11. Cuando la autoridad competente nos presente un documento oficial explicito que comunique la denegación de embarque de un pasajero.

Condiciones de aceptación

Air Europa, dependiendo del caso, podr á exigir la presentación  de un certificado médico emitido por cualquier autoridad  medica competente, dentro de los últimos siete días previos a la realización del viaje, habilitando al pasajero para su  transporte por vía aérea sin necesidad de asistencia médica a  bordo.

El departamento de requerimientos especiales (pmiclux), a través de la agencia u oficina que tramite la reserva del pasajero, debe tener conocimiento de aquellas solicitudes de transporte de pasajeros susceptibles de viajar bajo presentación de un certificado médico que autorice el transporte aéreo del pasajero, con el propósito de dar el consentimiento para dicho transporte en Air Europa.
 
Los pasajeros sujetos a presentación de este certificado médico serán aquellos:
 
- Cuya buena forma para el viaje sea dudosa, evidenciado por una enfermedad contagiosa o no, tratamiento, reciente afección…

- Cuya condición medica requiera proveer servicios especiales, como camilla, oxigeno u otro tipo de asistencia o equipamiento médico.   
                                                                  
- Cuyo estado mental pudiera suponer un peligro potencial para la seguridad del vuelo

NOTA: los pasajeros con discapacidad que solo requieran asistencia especial en el aeropuerto, o en el embarque y desembarque, caso de invidentes, sordos, etc. y que no se encuentren en cualquiera de los tres grupos anteriormente descritos, no deberán acreditar certificado médico alguno ni firmar ningún descargo de responsabilidad.

PRM's viajando solos: estos pasajeros deben ser embarcados antes que el resto de pasaje e irán a cargo de los tripulantes de cabina de pasajeros, que le atenderán en caso de emergencia,   una vez queden libres de sus primeras ocupaciones.

PRM's viajando acompañados: además de la tripulación auxiliar  normal, los grupos de PRM’s han de ir acompañados por  personas capacitadas proporcionadas por los grupos o asociaciones organizadoras del viaje o a las que estos estén adscritos. Los acompañantes capacitados pueden definirse como aquellas personas especialmente designadas e instruidas que   sean capaces y estén dispuestas a ayudar a los PRM’s particularmente en el caso de una evacuación de emergencia. Han de ser mayores de 18 años (a excepción de los acompañantes de los invidentes que serán mayores de 14 años).

Air Europa no aceptara bajo ninguna circunstancia el transporte de:
 
 - Personas con enfermedades contagiosas y/o infecciosas salvo que dispongan de certificado médico que acredite que no pueden contagiar a nadie durante todo el trayecto, emitido  en los diez días previos al vuelo por medico colegiado y  competente.

 - Personas que hayan sufrido alguna enfermedad coronaria reciente, por ej. Infarto, etc. (no se permite el viaje antes de las 8 semanas a partir de la fecha del suceso)

 - Personas que requieran tratamiento médico mediante aparatos operados neumática o eléctricamente y que por  razones especificas no permiten ser accionados a bordo.  

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