Casos especiales en facturación: Pasajeros con Movilidad Reducida
Definición:
Se considerara como persona con movilidad reducida (PRM) a aquella persona cuya movilidad este reducida debido a alguna incapacidad física (sensorial o locomotriz), deficiencia intelectual, edad, enfermedad que le limite o le obligue a requerir ayuda externa, o cualquier otra discapacidad que de lugar a una especial atención y tratamiento especifico a su condición diferenciada del resto de los pasajeros.
Estos pasajeros por razón de su movilidad pueden clasificarse en:
Condiciones de aceptación
Air Europa, dependiendo del caso, podrá exigir la presentación de un certificado médico emitido por cualquier autoridad medica competente, dentro de los últimos siete días previos a la realización del viaje, habilitando al pasajero para su transporte por vía aérea sin necesidad de asistencia médica a bordo.
- Cuya condición medica requiera proveer servicios especiales, como camilla, oxigeno u otro tipo de asistencia o equipamiento médico.
- Cuyo estado mental pudiera suponer un peligro potencial para la seguridad del vuelo.
Nota: los pasajeros con discapacidad que solo requieran asistencia especial en el aeropuerto, o en el embarque y desembarque, caso de invidentes, sordos, etc. y que no se encuentren en cualquiera de los tres grupos anteriormente descritos, no deberán acreditar certificado médico alguno ni firmar ningún descargo de responsabilidad.
PRM's viajando solos: estos pasajeros deben ser embarcados antes que el resto de pasaje e irán a cargo de los tripulantes de cabina de pasajeros, que le atenderán en caso de emergencia, una vez queden libres de sus primeras ocupaciones.
PRM's viajando acompañados: además de la tripulación auxiliar normal, los grupos de PRM’s han de ir acompañados por personas capacitadas proporcionadas por los grupos o asociaciones organizadoras del viaje o a las que estos estén adscritos. Los acompañantes capacitados pueden definirse como aquellas personas especialmente designadas e instruidas que sean capaces y estén dispuestas a ayudar a los PRM’s particularmente en el caso de una evacuación de emergencia. Han de ser mayores de 18 años (a excepción de los acompañantes de los invidentes que serán mayores de 14 años).
Air Europa no aceptara bajo ninguna circunstancia el transporte de:
- Personas con enfermedades contagiosas y/o infecciosas salvo que dispongan de certificado médico que acredite que no pueden contagiar a nadie durante todo el trayecto, emitido en los diez días previos al vuelo por medico colegiado y competente.
- Personas que hayan sufrido alguna enfermedad coronaria reciente, por ej. Infarto, etc. (no se permite el viaje antes de las 8 semanas a partir de la fecha del suceso)
- Personas que requieran tratamiento médico mediante aparatos operados neumática o eléctricamente y que por razones especificas no permiten ser accionados a bordo.
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